Decreto N° 53178 DEL 12/07/2022 - Estado - Pernambuco - LegisWeb

2022-07-15 18:20:58 By : Ms. lydia Lydia

Consulte la página de Preguntas frecuentesContacta con nosotros para cualquier otra duda o sugerencia:Contáctenos Ver TeléfonosConsulte la página de Preguntas frecuentesContacta con nosotros para cualquier otra duda o sugerencia:Contáctenos Ver TeléfonosPublicado en DOE - PE el 13 de julio de 2022Aprueba el reglamento que establece las normas técnicas para las instalaciones y equipos para el funcionamiento de los mataderos frigoríficos caprinos y ovinos, aprobado por la Cámara Sectorial de la Cadena Productiva Ovina y Caprina.El Gobernador del Estado, en uso de las atribuciones que le confieren los incisos II y IV del art.37 de la Constitución del Estado, Considerando lo dispuesto en la Ley Federal N° 1.283, de 18 de diciembre de 1950, en la redacción que le da la Ley Federal N° 7.889, de 23 de noviembre de 1989, que dispone sobre la inspección sanitaria e industrial de los productos de origen animal;Considerando la importancia económica de la ganadería vacuna caprina y ovina para el Estado de Pernambuco;Considerando que la estandarización de las normas para el sacrificio de caprinos y ovinos, desde el punto de vista industrial, higiénico y sanitario en los establecimientos, es un factor importante para garantizar la calidad del producto al consumidor;Considerando que estas normas contribuirán al cumplimiento de los preceptos de bienestar animal en las fases que preceden, así como durante el sacrificio, Decreto: Art.1 Se aprueba el Reglamento por el que se establecen las normas técnicas para las instalaciones y equipos para el funcionamiento de los mataderos frigoríficos caprinos y ovinos, aprobado por la Cámara Sectorial de la Cadena Productiva Ovina y Caprina, en los términos del Anexo Único.Arte.2 Este Decreto entra en vigor en la fecha de su publicación.Palácio do Campo das Princesas, Recife, 12 de julio de 2022, 206 de la Revolución Republicana Constitucionalista y 200 de la Independencia de Brasil.Paulo Henrique Saraiva Gobernador del Estado Claudio Abrahamian Asfora José Francisco de Melo Cavalcanti Neto Décio José Padilha da Cruz Raquel Raquel Simões Lins Alexandre Rebêlo Távora Ernani Varjal Medicis Anexo Único - Reglamento que establece normas técnicas relativas a las instalaciones y equipos para el funcionamiento de mataderos refrigerados GOAT Y OVEJAS Establece la creación de las siguientes normas técnicas, según se dispone a continuación: 1. El Servicio Oficial competente sólo otorgará el registro de mataderos de ovejas y cabras cuando sus proyectos de construcción o remodelación estén previamente aprobados, antes del inicio de cualquier obra.2. Los mataderos de ovinos y caprinos que ya se encuentren registrados y operen bajo la inspección de la autoridad sanitaria competente, deberán cumplir con estas normas técnicas cuando ésta lo considere necesario, previa aprobación del proyecto.Cuando exista interés de ampliación, los proyectos deberán ser preceptivos y previamente aprobados por el servicio oficial competente, previo al inicio de cualquier construcción.3. Para los efectos de la presente Resolución, se establecen las siguientes DEFINICIONES: 3.1.MATADERO REFRIGERADO: A los efectos del presente Decreto, se entiende por matadero el establecimiento destinado al sacrificio de animales destinados a la producción de carne, recepción, manipulación, envasado, etiquetado, almacenamiento y expedición de los productos del matadero, dotado de refrigeración industrial. instalaciones, que puedan realizar la recepción, manipulación, industrialización, envasado, etiquetado, almacenamiento y despacho de productos comestibles.Clasificados por tamaño de sala de sacrificio: 3.1.1.Mini matadero: Sala de sacrificio con hasta 24m² (Exclusivo para la administración de cooperativas y/o asociaciones para atender el sacrificio y comercialización en comunidades, veredas o veredas del municipio);3.1.2.Matadero Pequeño: Sala de sacrificio con hasta 60m²;3.1.3.Matadero Grande: Sala de sacrificio de más de 60m².3.2.INSTALACIONES: Todo lo relacionado con el sector de la construcción civil de los corrales y sus anexos, sala de sacrificio y sus anexos, sala de deshuesado y cámaras frigoríficas, involucrando también sistemas de agua, alcantarillado, vapor, etc.3.3.EQUIPOS: Todo lo relacionado con maquinaria, plataformas metálicas, rieles, mesas y Normas para el sacrificio de caprinos y ovinos en el estado de Pernambuco, demás utensilios utilizados en las labores de matanza y en la elaboración de productos comestibles y no comestibles.3.4.CARCASA: Una canal de oveja y/o cabra significa el animal sacrificado, desangrado, despellejado, eviscerado, inspeccionado, enfriado, privado de cabeza, patas, glándula mamaria en la hembra, o gallo, excepto sus raíces y testículos en el macho. .3.5.OPERACIONES: Todo lo que se refiere a las diferentes etapas del trabajo realizado para la obtención de la carne y sus derivados.3.6.INSTALACIONES Y EQUIPOS RELACIONADOS CON LA TÉCNICA DE INSPECCIÓN "ANTE" Y "POST-MORTEM": 3.6.1.CORRALES Y ANEXOS: Los corrales, rediles y demás dependencias que por su naturaleza produzcan mal olor, deberán ubicarse de manera que los vientos dominantes y la situación topográfica del terreno no arrastren polvo o humos hacia el establecimiento, requiriendo una distancia mínima de 05 (Cinco) metros de la sala de faena, los cuales podrán ser reiniciados por el técnico de la autoridad competente, al momento de la inspección del lugar, y no se permitirá que los corrales estén apoyados en los locales donde se elaboren productos comestibles.Podrán adoptarse otras medidas a criterio del servicio oficial competente, ante las situaciones sanitarias adversas que se presenten.Los corrales serán, por lo menos, 03 (tres), siendo obligatorio 01 (un) corral para aislamiento y observación de animales enfermos o lesionados - que deberá ser exclusivo para este fin.Este corral deberá tener una capacidad mínima del 5% (cinco por ciento) del volumen total de animales alojados en los corrales de matanza y deberá contar con la identificación “CORRAL DE OBSERVACIÓN”.Los corrales y sus anexos deberán facilitar el manejo de los animales, los cuales estarán separados por género.Estos anexos deberán contener, por lo menos, 01 (un) desembarque y 01 (un) pasillo de acceso al box de aturdimiento.Los corrales deben estar cubiertos y tener una altura mínima de 2,50 m (Dos metros y medio), a fin de permitir una adecuada circulación de aire, así como evitar la luz solar y lluvias ocasionales en los costados.Los pasillos de acceso también deberán estar cubiertos y tener un ancho mínimo de 1,00 m (un metro).3.6.2.DESCANSO: Deberá ser de mampostería u otro material aceptado por el servicio oficial competente, antideslizante, móvil, de forma que pueda adaptarse a las distintas alturas de las carrocerías de los vehículos de transporte, con pendiente suave (pendiente máxima de 25 grados) y con los lados cerrados.3.6.3.ÁREA DE CORRAL: Nunca menor a la capacidad máxima diaria de sacrificio del establecimiento, y el área mínima en los corrales debe ser de 0,5 m2 (medio metro cuadrado) por ovino o caprino.3.6.4.PISO DEL CORRAL: El piso de los corrales debe tener una superficie plana, antideslizante, intacta, sin grietas, laceraciones o concavidades que puedan causar accidentes en los animales.El piso deberá tener una pendiente mínima del 2% (dos por ciento) hacia los canales laterales externos, para facilitar el drenaje del agua de lavado y excrementos y sin desagües internos.3.6.5.TABIQUES Y CORDONES SANITARIOS: Todos los tabiques y portones tendrán una altura mínima de 1.40 m (un metro cuarenta), y podrán ser de mampostería, tubería galvanizada, cordón de acero u otro material aprobado por el servicio oficial competente y tendrán un cable de por lo menos 0,30 m (treinta centímetros), y debe ser de mampostería.El corral de secuestro tendrá un cordón sanitario mínimo de 0,50 m (cincuenta centímetros) y contará con indicación de uso privado por el Servicio Oficial y con capacidad para albergar el 5% (cinco por ciento) de la matanza diaria aprobada.3.6.6.PASILLO CENTRAL: El pasillo central debe tener fácil drenaje de agua por un lado, pudiendo ser un canal liso, sin esquinas hechas en el piso mismo.El corredor deberá ser de mampostería, tener un ancho mínimo de 1.00 m (un metro), estar cubierto y, en su parte final, podrá ahusarse si se utilizan equipos automatizados.3.6.7.BEBEDEROS DE NIVEL CONSTANTE: Todos los corrales contarán con bebederos tipo abrevadero u otro equipo aprobado por el servicio oficial competente, de manera que por lo menos el 10% (diez por ciento) de los ovinos o caprinos de cada corral puedan beber simultáneamente.Los bebederos tipo comedero tendrán una anchura interior máxima de 0,20 m (veinte centímetros) y deberán estar protegidos por mamparas, por si existe riesgo de entrada de animales en su interior.El suministro de agua debe ser continuo, en un sistema tipo tubería con flotador nivelado en todos los bebederos, asegurando así un suministro permanente de agua potable para los animales.3.6.8.AGUA PARA LAVADO DE CORRALES: Deben existir instalaciones para la adecuada limpieza de los corrales con abundante agua ya presión.3.6.9.ILUMINACIÓN: El área de los corrales y sus anexos (el embarcadero y pasillos) contará con iluminación artificial con una luz mínima de 5 watts por metro cuadrado y luminaria tipo LED.3.6.10.INSTALACIONES PARA LAVADO Y DESINFECCIÓN DEL VEHÍCULO TRANSPORTADOR DE ANIMALES: Las instalaciones deberán estar ubicadas lo más cerca posible del embarcadero, contar con piso impermeable, y deberán contar con agua a presión suficiente para el correcto lavado de los vehículos, para su posterior desinfección mediante un rociador apropiado, teniendo el residuo, también destino adecuado.En los mini y pequeños mataderos, el organismo oficial competente podrá prescindir de estas instalaciones teniendo en cuenta la disponibilidad de los recursos hídricos disponibles y los medios de transporte utilizados en el traslado de los animales, especialmente las instalaciones ubicadas en la región semiárida del estado.Es obligatorio desinfectar los vehículos con un producto homologado por el servicio oficial.3.6.11.BAÑO CON ASPERSOR: El baño con aspersor no es necesario para estas especies.3.6.12.CAJA DE ATURDIMIENTO: Los costados tendrán una altura mínima de 1,00 m (un metro), el piso será impermeable y continuo, podrá ser de mampostería o de chapa y deberá ubicarse contiguo a la sala de sacrificio, teniendo conexión directa con el zona de sangrado, a través de una puerta de material homologado por el servicio oficial competente.Sólo se permitirá sacrificar animales con métodos humanitarios, mediante aturdimiento previo, basado en principios científicos, seguido de sangrado inmediato.3.7.CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS: La distribución de las instalaciones y la ubicación de los equipos deben prever un flujo continuo de producción.3.7.1.SUELOS Y ALCANTARILLAS: El suelo será liso, resistente, impermeable y de fácil limpieza, con una pendiente del 1,5% al ​​3% (uno y medio al tres por ciento) hacia los canalones, para un perfecto drenaje.El piso de la sala de matanza será también de material resistente a los golpes ya la acción de ácidos y álcalis.Se permiten materiales como korodur, cerámica industrial, granilite, gressit, granitin, baldosas basálticas regulares pulidas o semipulidas, convenientemente rejuntadas con material de alta resistencia, u otros que puedan ser homologados.En los establecimientos que adopten canales en el piso, para facilitar el flujo de las aguas residuales, estos podrán ser internos con desagües o, en caso de estar abiertos, cubiertos con rejillas o chapas perforadas, no permitiéndose los tablones de madera.Los canales deberán contar con medidas y construcción que faciliten el flujo de los desechos y aguas residuales generadas durante la producción, así como el saneamiento.La red de alcantarillado en todos los locales deberá contar con dispositivos adecuados que impidan el reflujo de olores y la entrada de roedores y otros animales, conectados a tubos colectores y éstos a la red general de desagüe, dotados de cañerías e instalaciones para la retención de grasas, desechos y cuerpos flotantes. .El diámetro de los conductores se establecerá en función del caudal de aguas residuales y residuales para que sea funcional, no permitiendo en ningún caso el retorno de las aguas residuales.3.7.2.PAREDES, PUERTAS Y VENTANAS: La “altura” de la sala de matanza se definirá de acuerdo a la altura de la estela aérea y demás equipos, teniendo así una altura de 1,5 m (un metro y medio) superior a la altura de la estela , mientras que en los tramos anexos la altura mínima será de 3,00 m (tres metros).Los muros serán siempre de mampostería u otro material aprobado por el servicio oficial competente, lisos, de color claro, de fácil limpieza e impermeables hasta una altura mínima de 2,00 m (dos metros) o en su totalidad en los lugares que la Inspección estime necesarios. .Por encima del área de 2,00 m (dos metros) las paredes estarán debidamente enlucidas y pintadas con pintura lavable y que no se pele.Las esquinas formadas por las paredes entre sí y por su intersección con el suelo serán redondeadas para facilitar su limpieza.Las puertas deberán ser metálicas, de isopanel u otro material homologado por el servicio oficial competente en el momento de la evaluación del proyecto, y con altura y anchura suficiente para permitir el tránsito de carros y, en su caso, de canales a través de carriles, permitiéndoles si así lo desean. ancho mínimo 1,00 m (un metro).Cuando las circunstancias lo permitan, se recomienda el uso de un visor, con tapa abatible, para evitar el tránsito por las puertas, carros de productos no comestibles, con destino o retorno al taller de extracción, así como el tránsito de personas que no se encuentren en el secciones. .Todas las puertas con comunicación al exterior dispondrán de dispositivos para mantenerlas cerradas, con el fin de evitar la entrada de insectos, además de ser de fácil apertura.Las ventanas deberán ser con marcos metálicos u otro material aprobado por el servicio oficial competente al momento de la evaluación del proyecto y los antepechos de las ventanas serán siempre achaflanados externamente, en un ángulo de 45º (cuarenta y cinco grados), por lo que las ventanas serán estar alineado con las paredes internas, para facilitar la limpieza.Estarán a una distancia mínima de 2,00 m (dos metros) del suelo de la sala.Las ventanas y otras aberturas deben estar provistas de mallas a prueba de insectos, fácilmente removibles para su limpieza.En las áreas destinadas a la manipulación de productos comestibles, no se permitirá el uso de estructuras tipo cobogós.3.7.3.ILUMINACIÓN Y VENTILACIÓN: Las instalaciones necesitan abundante luz natural y artificial y ventilación suficiente en todas las estancias, respetando las peculiaridades tecnológicas aplicables.Por ello, en su diseño y construcción se preverá una amplia zona de ventanas, con marcos metálicos, preferentemente oscilobatientes y con vidrio transparente.La iluminación artificial se realizará con luz fría, preferentemente LED o con dispositivo de protección contra astillas o caídas sobre los productos, observando una intensidad lumínica mínima de 300 lux en las zonas de manipulación y de 500 lux en las zonas de inspección, considerando los valores medidos. al nivel de las mesas, plataformas o lugares donde se realicen las operaciones.En las cámaras de enfriamiento y congelación, la iluminación debe tener un protector inastillable.También se pueden instalar extractores de aire para mejorar la ventilación del ambiente, logrando una renovación de aire satisfactoria.3.7.4.TECHO: En el techo se utilizarán materiales lisos, impermeables, resistentes y de fácil limpieza.El techo deberá tener un revestimiento de material adecuado en todos los locales donde se realice la recepción, manipulación y elaboración de materias primas y productos comestibles.No se permite el uso de madera u otro material que sea difícil de limpiar en los techos.Se podrá prescindir del revestimiento cuando la estructura de la cubierta sea metálica y en buen estado, fijada directamente sobre vigas de hormigón armado o hierro.3.7.5.LAVAMANOS Y DESINFECTADORES DE MANOS: En todos los lugares donde se realicen operaciones con el uso de cuchillos y afiladores, deberá existir, obligatoriamente y para cada operación, la disponibilidad de un set de lavado y desinfectado de manos.Para el uso de sierras, la disponibilidad del lavamanos es opcional, y el desinfectante es obligatorio.Tanto en la sala de matanza como en las dependencias anexas, habrá lavabos de acero inoxidable, con grifos accionados por pedal, rodilla u otros medios que no utilicen cierre manual, provistos de jabón líquido inodoro.Los sanitizantes funcionarán con agua a una temperatura mínima de 85ºC (ochenta y cinco grados centígrados).Los lavamanos y los desinfectantes deben tener alcantarillas entubadas.3.7.6.CARROS Y CAJAS: Los carros para productos no comestibles serán de acero inoxidable o plástico adecuado y pintados de color rojo, con la inscripción "NO COMESTIBLE".Los carros para productos decomisados ​​también serán de color rojo, provistos de tapa abatible y llevarán la inscripción "CONDENADOS".Las cajas para productos comestibles, no comestibles y condenados deberán ser de plástico adecuado u otro material homologado por el servicio oficial competente, identificándose con diferentes colores o inscripciones "COMESTIBLE", "NO COMESTIBLE" y "CONDENADO".Las cajas con comestibles no deben estar en contacto directo con el piso.Las cajas de productos condenados no se pueden filtrar.3.7.7.TOLVAS: Las tolvas destinadas a productos comestibles serán de material inoxidable, debiendo ser desmontables, con ventanas o canaletas, con tapa regulable y desmontable en toda su longitud para permitir su fácil limpieza.Los conductos para productos no comestibles podrán ser de chapa galvanizada u otro material aprobado por el servicio oficial competente, teniendo las mismas características de ventanas o tapas regulables, que los destinados a productos comestibles.Los conductos que conectan secciones de productos, respectivamente, comestibles y no comestibles, deben tener en el extremo que se abre en la sección de productos no comestibles, una tapa abatible que permita el paso del producto, evitando, sin embargo, el reflujo de olores extraños.Según el tipo de construcción, las tolvas pueden ser reemplazadas por anteojos para el paso de las vísceras, que pueden ser de mampostería.3.7.8.TRAYECTORIA AÉREA: La estela aérea será metálica, sin pintar, manual o eléctrica.Los rieles tendrán una distancia mínima de 0,70 m (setenta centímetros) de las paredes y de 0,60 m (sesenta centímetros) de las columnas.Todo el equipo ubicado en el camino de trilla debe estar dispuesto de tal manera que las canales no puedan tocarlo.Al menos 30 cm del suelo.Está prohibido el uso de cuerdas para manipular los interruptores de arrastre y controlar los cabrestantes de descenso y ascenso de ovejas y cabras.Se utilizarán varillas metálicas apropiadas para mover los interruptores y, para el mando de cabrestantes, alambres o cadenas metálicas con anillo de acero en su extremo, o simplemente la activación de un interruptor de mando eléctrico, en los equipos más modernos.3.7.8.1.TRASLADO AÉREO DEL MATADERO: Cuando el matadero esté construido específicamente para ovino/caprino, tendrá una altura mínima de 2,5 m (dos metros y medio) desde el desangrado hasta la cámara de refrigeración.El sendero, en plantas mini y pequeñas, tendrá una altura mínima de 2,00 m (Dos metros), pudiendo estar antes de la puerta de la cámara frigorífica, siempre que se encuentre como máximo a 2,00 m (Dos metros) del final del sendero. .3.7.8.2.CARRIL AÉREO DE LA SALA DE DESHUESADO: Los carriles serán metálicos con una altura mínima de 2,5 m (dos metros y medio).Las canales deben ser transportadas por trilla aérea a la sala de deshuesado.La trilla de la sala de deshuesado se prescinde en plantas mini y pequeñas, sin embargo la cámara frigorífica debe estar ubicada hasta 2,00 m (dos metros) de la entrada de la sala de deshuesado.3.7.9.MESAS: Todas las mesas serán de acero inoxidable o material impermeable, de superficie lisa, de fácil limpieza y sin ángulos para la manipulación y preparación de materias primas y productos comestibles, pudiendo tener una estructura portante de hierro galvanizado.Las mesas de evisceración e inspección pueden ser fijas o móviles (mesa rodante).Cuando estén fijos, siempre serán 02 (dos), siendo 01 (uno) para inspección de vísceras rojas y 01 (uno) para inspección de vísceras blancas.Cuando es móvil (rodante), la mesa puede tener una correa simple o una correa doble.3.7.9.1.CARACTERÍSTICAS DE LAS "MESAS FIJAS" DE EVISCERACIÓN E INSPECCIÓN: Se requiere un sistema de tuberías perforadas, combinado con un mezclador de agua y vapor, para facilitar y agilizar la limpieza del área, cuando sea necesario.Este sistema de cañerías perforadas se puede sustituir por una ducha o manguera sin presión, siempre que sea de igual eficacia, aportando abundante agua para higienizar toda la mesa y esterilizarla con agua a 85º C (ochenta y cinco grados centígrados).En los mini y pequeños mataderos se prescinde del uso de vapor y se utiliza agua y desinfectante adecuado para la limpieza de las mesas.3.7.9.1.1.MESA FIJA DE CABEZA Y LENGUA: Debe haber disponible una mesa fija o gancho en material inoxidable para realizar la inspección de cabeza y lengua.3.7.9.1.2.TABLA DE VISCERAS BLANCA: Se dividirá en 02 (dos) secciones: 01 (una) para la inspección propiamente dicha y 01 (una) para la retención de las vísceras inspeccionadas, hasta que la canal pase por la última línea de inspección.Están destinados a la recepción e inspección del conjunto formado por el tubo digestivo (esófago, estómago e intestinos) más el bazo, el páncreas, la vejiga y el útero, excepto el útero completo, que debe extraerse antes de retirar las demás vísceras. no pudiendo caer sobre la mesa de eviscerado e inspección, siendo enviado directamente a la planta de despiece.No se permite la apertura de úteros ni el desollado de fetos en la sala de sacrificio.La zona de evisceración e inspección está separada de la zona de espera por un alzado metálico de 0,05 m (cinco centímetros) de altura, con cantos redondeados, tipo ángulo, que ocupa también todo el ancho de la mesa.El propósito de esta separación es evitar que líquido posiblemente contaminado por material gastrointestinal pase al costado del área de espera, el cual contaminaría, por contacto, las partes limpias retenidas en el área.Debe existir un área de espera de longitud suficiente para retener las vísceras normalmente en tránsito, desde la línea de inspección de intestinos hasta la última línea de inspección de canales.Su ancho será el mismo que el del otro tramo de la mesa.Al final de la zona de espera se encuentran los conductos o bocas de salida y conducción de los estómagos e intestinos limpios e inspeccionados, que se destinan, respectivamente, a las salas de tripas y callos sucios.3.7.9.1.3.TABLA DE VISCERAS ROJA FIJA: Se dividirá en 02 (dos) secciones, 01 (una) para la inspección propiamente dicha y 01 (una) para la retención de las vísceras inspeccionadas, hasta que la canal pase por la última línea de inspección.Esta puede ser una mesa independiente de la anterior o formar parte de ella, constituyendo una sección contigua, pero totalmente separada de ella.Como características generales dispondrán de una franja central de orificios para el desagüe de las aguas residuales y de un canalón desmontable, regulable en la cara inferior de la tapa, para su recogida.Al igual que la anterior, habrá una zona de inspección y una zona de retención de vísceras, dimensionadas de forma que permitan la retención de estas vísceras hasta el paso de las canales correspondientes por la última línea de inspección.La altura de las dos mesas (inspección de vísceras blancas e inspección de vísceras rojas) será la misma, es decir, 1,10 m (un metro y diez centímetros), en el borde que da al paso de las canales, y 1,00 m (una metro) en el borde opuesto, es decir, donde trabaja el personal de Inspección Sanitaria.3.7.9.2.CARACTERÍSTICAS DE LA MESA RODANTE DE EVISCERACIÓN E INSPECCIÓN: Consiste en una cinta sin fin, equipada con bandejas con placas de un espesor mínimo de 3,00 mm (tres milímetros), con estructura en hierro galvanizado y sin pintar.Se pueden usar otros equipos sujetos a la aprobación de DISPOA.El conjunto estará compuesto por 2 (dos) bandejas para cada ovino/caprino, 01 (una) para "vísceras blancas" (estómago, intestinos, vejiga, bazo y páncreas) y 01 (una) para "vísceras rojas" (corazón, , pulmones e hígado).Las bandejas tendrán las siguientes dimensiones mínimas: - bandeja para "vísceras blancas": largo de 0,55 m (cincuenta y cinco centímetros), ancho de 0,70 m (setenta centímetros) y altura de 0,10 m (diez centímetros) - bandeja para "red vísceras": longitud de 0,40 m (cuarenta centímetros), anchura de 0,70 m (setenta centímetros) y altura de 0,10 m (diez centímetros).La longitud del juego de bandejas 1,00 m (un metro) debe corresponder al espacio destinado a cada ovino/caprino en la noria (un metro por ovino), de tal forma que cada canal acompañe a las vísceras correspondientes, con fácil y perfecto identificación, entendiendo, por tanto, que la velocidad de la mesa debe estar sincronizada con la velocidad del transportador.En la sala de faena con pista de 3,5 m (tres metros y medio), la evisceración se realizará sobre mesa rodante, debiendo existir 02 (dos) plataformas de evisceración con diferentes alturas.La más alta, para la remoción de las vísceras blancas y la otra para la remoción de las vísceras rojas, de modo que el borde frontal de las plataformas (que mira hacia el costado de la pista) permite liberar 0,40 m (cuarenta centímetros) de ancho de bandeja, donde se depositarán las vísceras.La pista debe discurrir paralela al borde de las bandejas y a una distancia mínima de 0,20 m (veinte centímetros), de forma que el espacio entre el saliente vertical de esta pista y el borde anterior de las plataformas de eviscerado sea de 0,60 m ( sesenta centímetros).La distancia entre la mesa y la pared no debe ser inferior a 1,50 m (un metro y medio).El sistema de limpieza de bandejas debe ser de eficacia comprobada y estar ubicado al inicio del recorrido útil de la mesa, de manera que las vísceras a examinar encuentren siempre una superficie limpia e higienizada.Antes de limpiar con agua caliente, las bandejas deben lavarse con agua a temperatura ambiente y debe proporcionarse un dispositivo para extraer los vapores del proceso de limpieza.Para asegurar el control de la temperatura del agua caliente, que nunca debe ser inferior a 85ºC (ochenta y cinco grados centígrados), es obligatorio instalar un termómetro preciso y fácil de ver.Contará con dispositivos capaces de detener instantáneamente la mesa y el transportador al mismo tiempo, ubicados junto a las líneas de inspección de vísceras y canales.Deberá tener, como máximo, 02 (dos) duchas de agua tibia, accionadas por los pies, en los puntos de inspección de vísceras rojas;de aberturas y conductos cerca del final de la mesa, apropiados y separados para la extracción de vísceras normales y las condenadas por la inspección oficial por razones que no impliquen su envío para la inspección final.Para la construcción de nuevos establecimientos, así como para proyectos de renovación, cuando las condiciones lo permitan, la posición de la mesa rodante podrá ser tal que su extremo (donde se ubican los conductos) permita la comunicación directa con la inspección final.3.7.10.SALA DE MATANZA: Separada de todas las demás dependencias por paredes enteras, contará con área suficiente para albergar los equipos necesarios para el desangrado, desollado, eviscerado, inspección de canales y vísceras, aseo, lavado y clasificación de canales, a saber: canal, tarimas, piletas , mesas, además del área disponible para la circulación de personas y automóviles, cuando sea necesario.Las personas que realicen operaciones en el área sucia no podrán realizar operaciones en el área limpia.3.7.10.1.ZONA DE SANGRADO: Deberá contar con una instalación propia y exclusiva, denominada "canaleta de sangrado".Podrá renunciarse a ello, siempre que se demuestre la eficacia del proceso.Si hay presencia, debe tener un ancho y dimensiones compatibles, estar completamente impermeabilizada en sus paredes y techo u otro sistema mecanizado aprobado por el servicio oficial competente, obedeciendo el tiempo de sangrado de 03 (tres) minutos y la velocidad horaria de sacrificio. , la longitud mínima del canalón será de 2,00 m (dos metros) y de 1,00 m (un metro) para mini y pequeños mataderos.La sangre debe recogerse en una canaleta adecuada, completamente impermeabilizada con cemento liso de color claro, o en una placa de acero inoxidable denominada "canaleta de sangrado".El fondo o piso del canalón deberá tener una pendiente pronunciada, de 05% (cinco por ciento) a 10% (diez por ciento) convergiendo hacia el medio, donde se instalen dos colectores de desagüe: uno para sangre y otro para agua de lavado.Con motivo del desollado de las ovejas, las empresas podrán utilizar el método de inflación.Cuando esto ocurra, debe ser realizado después de los 03 (tres) minutos reglamentarios de sangrado, y el aire a insuflar debe pasar por un filtro específico.3.7.10.2.PLATAFORMAS: Se ubicarán a lo largo del camino, a diferentes niveles, según las operaciones a realizar, pudiendo ser también móviles.Serán siempre de metal (preferentemente de hierro galvanizado o acero inoxidable), antideslizantes y con pasamanos de seguridad.No se tolerarán plataformas de madera.Deberán contar con lavamanos y desinfectantes de acuerdo a los utensilios utilizados en cada plataforma (cuchillo o sierra).